Ir al contenido principal

MENSAJE DE FIN DE AÑO: CUANDO LO JUSTO ES EL EQUILIBRIO

El año que ha transcurrido ha sido bueno para unos y malo para otros, como siempre ha sucedido, pero corresponde hacer un balance general de los derechos de los trabajadores y como debemos encarar el nuevo año laboral.

Si bien hubo idas y vueltas con los proyectos de reforma, y no es nuestra intención profundizar sobre el tema, hay una idea general que apoyo y que el lector sabe que vengo apoyando: el respeto y cumplimiento de los derechos de los trabajadores. Me ha tocado discutir con colegas laboralistas el proyecto de reforma, que a criterio personal considero que tiene más grises que el blanco que propone. Pero mucho depende del lugar en que se lo mire. Si consideramos que el propósito general de la Ley de Contrato de Trabajo es regular los derechos de los trabajadores y empleadores y que los mismos se respeten y se cumplan, debemos considerar que la opción es buena y justa. Ahora bien, si la opción es un sacrificio innecesario de una de las partes en beneficio de la otra, esa elección no será buena ni mucho menos justa. Y es ello justamente a lo que tenemos que tender, a la justicia.
En una de las tantas acaloradas discusiones con colegas, surgió la crítica y el temor de que, si al trabajador se le regulariza su situación laboral, o como comúnmente decimos, se lo blanquea, y se comienzan a respetar y cumplir sus derechos, nosotros nos quedamos sin trabajo. Considerar que uno pierde si ganan los trabajadores o viceversa me lleva a recordar la célebre frase utilizada en la industria farmacéutica que dice “un paciente curado es un cliente perdido”, a modo de justificar el porque, quizás, a pesar de tener la cura para una enfermedad, se especula con las ganancias económicas personales. A raíz de ello es que se ha hablado de la “industria del juicio” en el ámbito del derecho del trabajo.
Muchas veces, los abogados se olvidan que el ejercicio de la profesión es un servicio más que un trabajo. Si no nos ponemos al servicio de aquellos que tienen problemas, se viviría en una permanente injusticia; he allí la razón de ser de la profesión y es por ello que existimos: para lograr un equilibrio en la balanza. Ello no implica que el servicio será gratuito como se ha propuesto legislativamente en una oportunidad, pero si implica que la balanza no se tiene que volcar a favor ni en contra injustificadamente, sino la injusticia se traslada a la parte contraria. Todo en la vida tiene que tener un equilibrio, y es allí hacia donde debemos marcar el rumbo, tanto los abogados como los trabajadores y empleadores. Porque todos tenemos derechos y obligaciones y se deben cumplir para todos por igual. A modo de ejemplo podemos decir que pretender que un trabajador labore más horas por menos dinero, es igual de desequilibrado e injusto que pretender que trabaje menos horas por más dinero.
Los reclamos laborales no se justifican si se pide mucho y se entrega poco. Siempre un buen arreglo, tanto en los negocios como en la vida, son aquellos en el que todos ganan. Y son los más justos.
En el año que se va hubo de ambos, reclamos justos e injustos. Siempre los hubo y siempre los habrá. Es imposible conformar a todos por igual. Tampoco se puede pretender cambiar de un día para otro y de forma drástica una situación que viene germinando durante años. Los argentinos nos caracterizamos por tener poca paciencia, por querer todo ya. Es por ello que debemos aprender a ir de a poco, paso a paso, reclamar lo justo, lo necesario, ya que muchas veces en el afán de reclamar todo ya nos quedamos sin nada. Una guerra son pequeñas batallas, y son éstas últimas en las que se tiene que vencer si se quiere ganar la guerra. En igual sentido se deben plantear los reclamos, de a poco, de a uno, porque si, por ejemplo, reclamamos, mayores sueldos, menor carga horaria, más beneficios, etc., todo ello en un solo reclamo, lo más probable es que se rechace todo sin siquiera atender al que más posibilidades tiene de prosperar. Quizás hoy es el momento de uno, y mañana el del otro. Benjamin Franklin decía que “El que puede tener paciencia puede tener lo que quiera”, es por eso que si queremos lograr que el año que viene sea un año en el cuál se logren cosas importantes en materia laboral, debemos practicar la paciencia como una virtud, aunque nos lleve tiempo.
De corazón se les desea a todos una muy feliz navidad y un próspero año nuevo, en donde sus proyectos y anhelos se puedan cumplir, sin bajar los brazos en la lucha por el derecho, estando firmes y alertas al momento oportuno de actuar.

Comentarios

Entradas populares de este blog

DESPIDO: ¿PUEDEN PAGARME LA INDEMNIZACIÓN EN CUOTAS?

Una consulta que hemos recibido hace poco puso en alerta de ésta modalidad en la cual el empleador tiene intenciones de pagar la indemnización correspondiente al trabajador pero pretende hacerlo en cuotas. Y nos preguntamos ¿Son válidos los pagos en cuota de las indemnizaciones por despido?

EMPLEADOS DE COMERCIO: EL RUBRO PRESENTISMO Y SU PÉRDIDA

Un trabajador contento es un buen trabajador, así que muchas veces el empleador por motu proprio o por disposición legal o convencional otorga determinados incentivos o premios para una mejor producción. Una cuestión que les interesa a la mayoría de los empleados de comercio es el pago del rubro Presentismo que se determina por la asistencia y puntualidad. Este adicional que se otorga suele traer muchas veces un respiro a la economía del trabajador. Pero ¿Qué tanto sabemos del mismo?

EL ART. 80 Y EL INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE LAS CERTIFICACIONES DE SERVICIOS

El tema que hoy nos toca tratar y que en la práctica es común el incumplimiento por parte del empleador es la entrega de los certificados de trabajo que establece el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo al momento de finalizar el vínculo laboral. Debe saber el trabajador que al momento de finalizar la relación laboral, por cualquier causa, tiene derecho a que le sean entregados los certificados de servicios. Generalmente el trabajador se olvida de pedirlos o el empleador se olvida de entregarlos, llegando ambos a la conclusión de que el vínculo laboral finalizó con la entrega de la indemnización correspondiente. Grave error, la obligación del empleador para con el trabajador no finaliza con el pago de la indemnización sino que la misma subsiste hasta la efectiva entrega de las certificaciones de servicios correspondientes.