El tema que hoy nos toca tratar y que en la práctica es común el incumplimiento por parte del empleador es la entrega de los certificados de trabajo que establece el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo al momento de finalizar el vínculo laboral. Debe saber el trabajador que al momento de finalizar la relación laboral, por cualquier causa, tiene derecho a que le sean entregados los certificados de servicios. Generalmente el trabajador se olvida de pedirlos o el empleador se olvida de entregarlos, llegando ambos a la conclusión de que el vínculo laboral finalizó con la entrega de la indemnización correspondiente. Grave error, la obligación del empleador para con el trabajador no finaliza con el pago de la indemnización sino que la misma subsiste hasta la efectiva entrega de las certificaciones de servicios correspondientes.
Una mirada sencilla de los derechos del trabajador